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AFP: Cronograma de Retiro en base al último dígito del DNI

Este miércoles fue publicado el cronograma oficial para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan solicitar el retiro de hasta 4 UIT (S/ 18,400) de sus fondos.

La Asociación de AFP indicó que el cronograma está en función al último dígito del DNI del afiliado, tal y como se realizaron los anteriores retiros de AFP.

En ese sentido, las solicitudes podrán realizarse desde el próximo lunes 13 de junio de forma online a través consultaretiroafp.pe, el cual estará activo de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Cronograma de solicitud de AFP

Las solicitudes podrán enviarse entre el 13 de junio, lo cual dependerá del último dígito de DNI del afiliado.

Último dígito de tu documento de identidad

Primer Cronograma

Fechas para registro*

9 13 – Jun 14 – Jun 12 – Jul
8 15 – Jun 16 – Jun 13 – Jul
7 17 – Jun 20 – Jun 14 – Jul
6 21 – Jun 22 – Jun 15 – Jul
5 23 – Jun 24 – Jun 18 – Jul
4 27 – Jun 28 – Jun 19 – Jul
3 30 – Jun 01 – Jul 20 – Jul
2 04 – Jul 05 – Jul 21 – Jul
1 06 – Jul 07 – Jul 22 – Jul
O u otro carácter 08 – Jul 11 – Jul 25 – Jul
Libre 26 – Jul al 10 – Set

 

 

 

 

 

(*) El plazo para solicitar este retiro será hasta el 10 de setiembre de 2022

¿Cómo se realizarán los retiros?

El cronograma de retiros ha sido determinado de la siguiente manera:

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/ 4,600): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
  • Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/ 9,200): En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

El valor de la UIT a tomar en cuenta para el retiro facultativo es aquel que se encuentre vigente a la fecha de presentación de la solicitud por parte del afiliado ante la AFP. Actualmente es equivalente a S/ 4,600.

Las AFP divulgarán en su sitio web o la del gremio que las representa (Asociación de AFP) toda información de carácter general y sobre el estado del trámite de los afiliados.

Las compañías también serán responsables de realizar la retención judicial o convencional solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada.

Fuente: Gestión

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