TELEFONO: (051) 337-7957 | 939 790 707

Av. Arboleda N° 126 Of. 202 Urb. Santa Raquel - Ate – Lima

TELEFONO: (051) 337-7957 | 939 790 707

Urb. Santa Raquel – Ate – Lima

Av. Arboleda N° 126 Of. 202

Las fechas en que te pagarán las utilidades, CTS y gratificaciones este 2023

Los pagos de las utilidades, Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) y las gratificaciones son uno de los más esperados por los trabajadores que están en planilla, pues suponen un apoyo en su economía. ¿Sabes cuándo deben hacer los depósitos este 2023? Aquí te lo contamos.

Se trata de derechos sociales que benefician a los trabajadores y los pueden ayudar a pagar deudas, adquirir bienes, planificar un viaje o guardarlo como plan de contingencia.

¿CUÁNDO ME PAGARÁN LOS BENEFICIOS SOCIALES EN 2023?

Si estas en planilla, conoce las fechas en que las empresas te deben depositar tus utilidades, CTS y las gratificaciones:

Utilidades

Este será el primer pago que recibirás. Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades. Se trata de un porcentaje de las ganancias netas, luego de descontar inversiones e impuestos. Tienen derecho a participar de las utilidades los trabajadores, en planilla, de empresas que generan renta de tercera categoría y tengan más de 20 trabajadores; con excepción de las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles.

El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. De acuerdo con el cronograma de vencimiento de la Sunat, que entre el 24 de marzo y el 11 de abril, el pago se hará entre 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.

CTS

La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral intangible, que fue creado para atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, en la actualidad es de libre disponibilidad hasta el 31 de diciembre. La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50% cada una.

  • El primer depósito: debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
  • El segundo desembolso: tiene plazo hasta el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.

Gratificación

La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio y Navidad, en diciembre, de acuerdo con Ley 27735. La gratificación será el sueldo bruto más el 9% adicional del salario por concepto de EsSalud o 6.75% si es EPS.

  • Primera gratificación: las empresas deben depositar antes del 15 de julio.
  • Segunda gratificación: las empresas deben depositar antes del 15 de diciembre.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE BENEFICIOS LABORALES

¿QUIÉNES NO RECIBEN GRATIFICACIÓN?

No todos los regímenes laborales reciben gratificación:

  • Los trabajadores de la pequeña empresa, reciben la mitad de este beneficio.
  • Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto lo determina el MEF (suele ser S/300).
  • Los practicantes y jóvenes en formación laboral, reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
  • Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.

¿CUÁL ES LA MULTA POR NO DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN?

Las empresas que no realicen el depósito a tiempo podrían recibir una multa que va desde los S/7,222 hasta los S/120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados y el monto de la UIT vigente. Además, se aplicará intereses legales laborales que se generen hasta la fecha efectiva de pago.

¿CÓMO DISTRIBUYEN LAS EMPRESAS LAS UTILIDADES?

La distribución de las utilidades depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir:

  • Empresas pesqueras: 10%
  • Empresas de telecomunicaciones: 10%
  • Empresas industriales: 10%
  • Empresas mineras: 8%
  • Comercio y restaurantes: 8%
  • Otras actividades: 5%

¿CÓMO SE CALCULA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES PARA LOS TRABAJADORES?

Lo que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad. De ahí, la determinación del monto a distribuir se realiza de la siguiente forma:

  • 50% en función de los días trabajados: Ejemplo: si se determina que el día laboral genera 3 soles y tú trabajaste 180 días; se multiplica y esta parte de tus utilidades equivale a S/540.
  • 50% en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador: se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores, ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el año. Ejemplo: si la división es 0.02 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades también equivale 540 soles.
  • Se suman ambos cálculos y, de acuerdo con los ejemplos señalados, el resultado total de utilidades es de S/1,080.

Fuente: El Comercio

Leave a Comment