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Adecúan el Reglamento Unificado del Sistema Nacional de Pensiones a la Ley N° 31301 y establecen otras disposiciones

El Decreto Supremo N° 282-2021-EF, de fecha 16 de octubre de 2021, tiene por objeto adecuar el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 354-2020-EF, a fin de modificar e incorporar nuevos artículos necesarios para implementar lo dispuesto en la Ley N° 31301, Ley que establece medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones; y otras disposiciones vinculadas al Sistema Nacional de Pensiones.

Por ello, se incorpora el Subcapítulo XVI, Pensión de Jubilación Proporcional Especial en el Sistema Nacional de Pensiones, al Capítulo III del Título IV, Prestaciones y Beneficios del Sistema Nacional de Pensiones, en el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 354-2020-EF.

Dicho subcapítulo contiene los requisitos del Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional especial con el rango de 10 hasta menos de 15 años de aporte y monto de la pensión, los requisitos del Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional especial con el rango de 15 hasta menos de 20 años de aporte y monto de la pensión, las reglas comunes aplicables para el Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional especial, la fecha de inicio de pensión para el Régimen de Pensión de Jubilación Proporcional especial, derechos derivados del régimen de Pensión de Jubilación Proporcional especial y modificaciones de los artículos 16, 37, 42, 49, 58, 60, 61, 63, 64, 65, 86, 87, 117, 119, 122, 126, 135, 146 y 149 del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 354-2020-EF.

Asimismo, se modifica el literal b) del artículo 1 del Reglamento de la Ley N° 28991, Ley de Libre Desafiliación Informada, Pensiones Mínima y Complementaria, y Régimen Especial de Jubilación Anticipada, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-EF; así como el artículo 2 del Decreto Supremo N° 149- 2007-EF, Lineamientos para la devolución de descuentos realizados en exceso y de los aportes efectuados incorrectamente al Fondo para la Asistencia Previsional, y medidas complementarias para la administración del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530.

Finalmente, se deroga el literal e) del inciso 3 del numeral 27.2 del artículo 27, numeral 82.3 del artículo 82 y cuarta Disposición complementaria transitoria del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 354-2020-EF.

Fuente: Contadores & Empresas

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